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REFERENCIAS

Nueva Ley Publicada en el Diario Oficial, de la F. el. (s/f). LEY FEDERAL DEL TRABAJO. Gob.mx. Recuperado el 23 de octubre de 2024, de https://www.gob.mx/cms/uploads/attachment/file/911476/4._LFT.pdf

 

¿Qué es la Jornada Laboral?

 

La jornada laboral, de acuerdo a la Ley Federal del Trabajo, es el tiempo durante el cual el colaborador está a disposición del patrón para prestar su trabajo.

 

Las compañias definen la Jornada Laboral para sus colaboradores de acuerdo a las necesidades y a las políticas de la compañía, bajo el marco regulatorio de la ley.

 

En las organizaciones se establece el tiempo de Jornada Laboral para el colaborador, en el momento de la contratación y queda establecido en el contrato de trabajo.

 

El patrón fijará la duración de la jornada de trabajo, sin que pueda exceder los máximos legales.

 

Los trabajadores y el patrón podrán repartir las horas de trabajo, a fin de permitir a los primeros el reposo del sábado o cualquier modalidad equivalente de descanso.

 

Tipos de Jornada Laboral

 

De acuerdo a la Ley Federal del Trabajo, en su artículo 60, define la duración de la Jornada Laboral y podrá ser:

 

  • -Jornada diurna: Es la comprendida entre las seis y las veinte horas. La duración máxima de la jornada será de ocho horas.
  • -Jornada nocturna: Es la comprendida entre las veinte y las seis horas. La duración máxima de la jornada será de siete horas.
  • -Jornada mixta: Es la que comprende períodos de tiempo de las jornadas diurna y nocturna, siempre que el período nocturno sea menor de tres horas y media, pues si comprende tres y media o más, se considerará jornada nocturna, siete horas y media la mixta.

Períodos de descanso durante la Jornada Laboral

 

Durante una jornada continua de trabajo se concederá al trabajador un descanso de media hora, por lo menos.

Cuando el trabajador no pueda salir del lugar donde presta sus servicios durante las horas de reposo o de comidas, el tiempo correspondiente le será contado como tiempo efectivo de la jornada de trabajo.

 

Períodos de descanso durante la Jornada Laboral

 

Durante una jornada continua de trabajo se concederá al trabajador un descanso de media hora, por lo menos.

 

Cuando el trabajador no pueda salir del lugar donde presta sus servicios durante las horas de reposo o de comidas, el tiempo correspondiente le será contado como tiempo efectivo de la jornada de trabajo.

Casos extraordinarios en la Jornada Laboral

 

En los casos de siniestro o riesgo inminente en que peligre la vida del colaborador, de sus compañeros o del patrón, o la existencia misma de la empresa, la jornada de trabajo podrá prolongarse por el tiempo estrictamente indispensable para evitar esos inconvenientes.

 

Podrá también prolongarse la jornada de trabajo por circunstancias extraordinarias, sin exceder nunca de tres horas diarias ni de tres veces en una semana.

Las horas de trabajo extraordinario se pagarán con un ciento por ciento más del salario que corresponda a las horas de la jornada.

Pago del tiempo extraordinario en la Jornada Laboral

El tiempo extraordinario que exceda de nueve horas a la semana, obliga al patrón a pagar al trabajador el tiempo excedente con un doscientos por ciento más del salario que corresponda a las horas de la jornada, sin perjuicio de las sanciones establecidas en esta Ley.

 

Las horas extra tienen carácter voluntario para el trabajador salvo que exista un acuerdo entre el colaborador y la empresa.

Los trabajadores no están obligados a prestar sus servicios por un tiempo mayor del permitido en la legislación laboral.

 

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